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DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- INCOMPETENTE para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el asiento registral emanado del Registro Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, interpuesto por el abogado Humberto Pisani Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.297, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA CRISTINA GUERRERO JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nº E-81.526.238.
- DECLINA la competencia ante los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas.
- Se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión, y una vez conste en autos su notifica.....