En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA, realizado por la arte actora, en los mismos términos y condiciones convenidas, y en consecuencia la declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los treinta y Un (31) días del mes de marzo del año 2016.- Años: 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZ
ABG. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA
LA SECRETARIA
IDALINA P. GONCALVES F.