Vista la transacción suscrita por el ciudadano HERNAN JOSE SANTANDER ASUAJE, en su carácter de presidente de la firma mercantil H.S. INVER HOUSE, C.A., debidamente asistido por la ciudadana abogada Lorena Brizuela Yepez, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 63.189 y la ciudadana GLADYS LEDEZMA DE ZAVARCE, debidamente asistida por la ciudadana abogada Nayleth Villasmil, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 17.550, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por la firma mercantil H.S. INVER HOUSE, C.A., contra la ciudadana GLADYS LEDEZMA DE ZAVARCE, éste Tribunal habida consideración que ciertamente las partes en litigio mediante un contrato bilateral asumen las prestaciones relativas al pago de las cantidades descritas en el libelo, a la renuncia de alguno de los rubros demandados, y a la eventual prorroga del contrato y a la sanción en caso de incumplimiento de las mismas, y siendo que dichos parámetros no violentan el orden público locativo y disponen las par.....