DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.10 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en PLENA PROPIEDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: CARLOS ALFONSO MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.469.777. Quien se encuentra domiciliado en Urb. Los Educadores, calle Siliveria Molina, casa Nº 2, Tovar, Estado Mérida. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Inversiones Cupertina Meléndez de Carora, Estado Lara, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo CLASE: CAMION; TIPO: ESTACAS; MARCA: MACK, MODELO: R609PV, AÑO: 1979, COLOR: AMARILLO, USO: CARGA, SERIAL DE MOTOR: 9K1449; SERIAL DE CARROCERIA: R609PV29861, PLACA: 89KSAP, al ciudadano CARLOS ALFONSO MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.469.777. Sírvase entregar documentos originales del vehículo, prev.....