DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 02 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, admite la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado ut supra, por los delitos de Resistencia a la Autoridad, Obstaculización a las Vías Publicas, Instigación Indirecta e Instigación Pública, previstos y sancionados en los artículos 218 , 357, 283 y 285 del Código Penal y se ordena su enjuiciamiento de conformidad con el artículo 579 literal c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Se admiten las pruebas ofrecidas por ser pertinentes, necesarias y lícitas y se le mantiene la medida de presentación periódicas que viene cumpliendo el adolescente, se intima a todas las partes para un .....