Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 01/02/2023

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2020-152 N° Sentencia : JN-PCAJS-2023-0009 Fecha: 01/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL CNO, S.A., ANTERIORMENTE DENOMINADA CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., VS. C.A. METRO DE CARACAS
Resumen:
Se emitió pronunciamiento respecto de las pruebas promovidas por la parte actora. En consecuencia, se ordenó la notificación del Procurador General de la República. Finalmente, se ORDENÓ notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA conforme a lo establecido en el artículo 109 del Decreto Ley que rige sus funciones, dejándose expresa constancia que, una vez conste en autos la referida notificación, se evacúen las pruebas admitidas y hayan transcurrido los lapsos otorgados, se remitirá el presente expediente al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines que las partes presenten sus informes conforme a lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Juez/Ponente:
Javier Alejandro Cáceres Cáceres
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
arriba

N° Expediente : 2020-152 N° Sentencia : JN-PCAJS-2023-0010 Fecha: 01/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL CNO, S.A., ANTERIORMENTE DENOMINADA CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., VS. C.A. METRO DE CARACAS
Resumen:
Se emitió pronunciamiento respecto de las pruebas promovidas por la parte demandada. En consecuencia, se ordenó la notificación del Procurador General de la República. Finalmente, se ORDENÓ notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA conforme a lo establecido en el artículo 109 del Decreto Ley que rige sus funciones, dejándose expresa constancia que, una vez conste en autos la referida notificación, se evacúen las pruebas admitidas y hayan transcurrido los lapsos otorgados, se remitirá el presente expediente al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines que las partes presenten sus informes conforme a lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Juez/Ponente:
Javier Alejandro Cáceres Cáceres
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados