Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SE ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional para conocer de la apelación que fuere planteada por los profesionales del derecho Leydi Matute y Víctor González inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 64.213 y 42.247, respectivamente, actuando en carácter de apoderados judiciales de Joycellys Ivania Rodríguez González, Yaimar Carolina Vargas González y otros.
2. SIN LUGAR LA APELACIÓN que fuere planteada por Joycellys Ivania Rodríguez González, Yaimar Carolina Vargas González, y otros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.437.667, V-20.649.619 respectivamente, en el amparo constitucional que fuere incoado contra EL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI Y EL INSTITUT.....