Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la Sentencia N° 2013-1346 dictada en fecha 27 de junio de 2013, por esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda por indemnización de daños y perjuicios intentada por el MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra las sociedades mercantiles BARINAS INGENIERÍA, C.A., (BAICA) y TRANSEGUROS, C.A., DE SEGUROS, y en la cual se condenó únicamente a la sociedad mercantil Barinas Ingeniería, C.A., (BAICA), al pago una indemnización por daños y perjuicios, al referido Municipio. 2. ORDENA notificar de la presente decisión a la sociedad mercantil Barinas Ingeniería, C.A., (BAICA), para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la notificación practicada, proceda al cumplimiento voluntario de la referida decisión.