Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio, constituido con Escabinos, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad de todos sus miembros, ABSUELVE a los ciudadanos JESÚS RAFAEL CALDERA ESPÍN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11.377.036, de 36 años de edad, nacido en fecha 12-07-69, de profesión u oficio: Técnico en Refrigeración, residenciado en: Urbanización Fundemos, calle principal N° 21, Maturín, Estado Monagas, hijo de: Mirsa Espín de Caldea y Lorenzo Caldea y RAMÓN ILDEMARO ROMERO ABREU, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 3.801.568, de 54 años de edad, nacido en fecha 04-11-51, de profesión u oficio: Entrenador de Baloncesto y Voleibol, residenciado en: Sector los Cerritos, N° 14, Caripito, Estado Monagas, hijo de: José Crispulo Romero (Difunto) y Ca.....