declara CON LUGAR la solicitud de reapertura del lapso para el primer acto conciliatorio, en la presente causa de divorcio ordinario, incoada por la ciudadana COROMOTO DURÁN, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, casada, cedulada con el Nro. 9.387.696, contra su cónyuge ciudadano CRISTÓBAL SQANTIAGO COLINA, venezolano, mayor de edad, cedulado con el Nro. 2.760.282.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se emplaza a las partes para que comparezcan por ante la sede de este Juzgado, el primer día de despacho pasados que sean cuarenta y cinco (45) días de calendarios consecutivos siguientes a este, a las once de la mañana (11:00 AM), pudiendo hacerse acompañar de parientes o amigos, en un número no mayor de dos por cada parte a los fines de que tenga lugar el primer acto conciliatorio. De no lograrse la reconciliación, se emplaza a las partes para que comparezcan por ante este Juzgado, el día de despacho siguiente pasados que sean cuarenta y cinco (45) días de calendarios.....