DISPOSITIVA:
En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia, suficientes estas actuaciones como TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD que le corresponden a la ciudadana LAURA JOSEFINA NAVA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.084.306, domiciliada en Santa Elena de Arenales, Urbanización María Palacios, Torre 5, Piso 2, apartamento 05, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por el ciudadano abogado Edixon Antonio Méndez Rondon, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titul.....