En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Transito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: La CADUCIDAD de la RECUSACIÓN interpuesta por el abogado José Humberto Guanipa van Grieken, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil UNIDAD DE CIRUGIA AMBULATORIA C.A., contra el abogado EDUARDO YUGURI PRIMERA, en su condición de Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Notifíquese mediante oficio al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del tránsito de esta Circunscripción Judicial de esta decisión, remitiendo copia certificada de la misma, a los fines de que devuelva la causa principal al Tribunal de origen y bájese el expediente en su.....