Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo dictó decisión mediante la cual se declaró: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la consulta del Ley a la que se encuentra sometido el fallo dictado por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 10 de junio de 2008, mediante el cual declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Carlos Alberto Pérez o otros, apoderados judiciales del ciudadano CÉSAR ALEXIS BORGES CORREDOR, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. 2.- PROCEDENTE la consulta de Ley invocada por el A quo. 3.- Conociendo de la consulta, se REVOCA el fallo dictado por el fallo dictado. 4.- En consecuencia, SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto. 5.- Se ORDENA remitir en copias certificadas el presente expediente al Ministerio Público. 02