En esta misma fecha 15 de enero de 2015, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual declaró inadmisible la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana Maritza Colucci, actuando con el carácter de representante legal de la sociedad mercantil Granja Avícola Chichi, C.A., debidamente asistida por la Abogada Rosa Roa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 110.444, contra el acto administrativo Nº PRE-CJ-009078 de fecha 8 de mayo de 2014, dictado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), por haber operado la caducidad de conformidad con lo establecido en el artículo 32 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.