AUTORIZA LA INTERCEPTACIÓN Y GRABACIÓN de los siguientes números telefónicos: 0414.194.1361, 0414.198.28.25, 0294.664.01.11, 0286.974.42.87 y 0416.595.34.78, autorizando suficientemente para ello a los funcionarios Comisarios CARLOS DÍAZ, MIGUEL NAVAS Y EDGAR AROCHA, a la Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg Maralba Guevara, así como a los funcionarios adscritos a la Sub-Delegación Estadal Carúpano, y a los funcionarios integrantes de la Comisión Especial de Extorsión y Secuestro Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas-Caracas, la cual deberá efectuarse desde esta ciudad, con los medios técnicos señalados en la solicitud. Dicha Autorización, tendrá una duración de treinta (30) días; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 219 y 220 del Código Orgánico Procesal Penal. Queda expresamente prohibido divulgar la información obtenida, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 del Código Orgánico Procesal Penal.