1. SE REVOCA la sentencia dictada el 09 de agosto de 2004, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante la cual declaró improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta.
2. CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el ciudadano JOSÉ DEL VALLE MEDINA, asistido por el ABOGADO CARLOS A. BYER DELGADO, venezolano, antes identificados, contra la empresa ¿TRANSPORTES URBANO HERES, C.A.¿, antes identificada. En consecuencia, se ORDENA a la empresa ¿TRANSPORTES URBANO HERES, C.A.¿, a dar cumplimiento inmediato a la Providencia Administrativa de fecha 14 de mayo de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo en Puerto Ordaz, Zona del Hierro Estado Bolívar, mediante la cual se ordenó el reenganche y pago de los salarios caídos a favor del ciudadano JOSÉ DEL VALLE MEDINA.
3. Se CONDENA EN COSTAS a la parte accionada ¿empre.....