Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto seguido por ante éste Tribunal, signado con el número IP11-P-2006-000132, a favor de los ciudadanos: GENIOBA ADALJISA ACOSTA PEROZO, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-15.981.853, soltera, de oficios del hogar, residenciada en la Calle Artigas, casa S/N, barrio 23 de Enero Punto Fijo, Estado Falcón y WILLY WALTER PELAYO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-17.177.001, soltero, de oficio estudiante, residenciado al final de la Avenida jacinto Lara, Casa S/N, Sector Santa Rosalía, Punto Fijo Estado Falcón, por Extinción de la Acción Penal, por prescripción, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8°, del Có.....