Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión-Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad a el imputado Anthony Amarista Viñoles, C.I 18.788.077, de nacionalidad venezolana, natural de esta Ciudad, donde nació en fecha 28-12-87, de 18 años de edad, hijo de Mari Viñoles y Antonio Amarista Reyes, de oficio: Obrero, residenciado en el Barrio Altamira Sector el cerrito, Casa S/N, Carúpano Estado Sucre, por la comisión del delito de Homicidio Intencional en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos, Delcis Carolina Indriago, Jairo José Molina Valdivieso, Keiber José Martínez Martínez y Richard José Quijada Agreda, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250, ordinales 1° 2° y 3°; 251 ordinales 1°, 2°, 3°, 4º y 5º; y 252 .....