éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano Juan Carlos Farías Rodríguez venezolano, natural de Sán Félix Estado Bolívar donde nació el 06-10-75, de 30 años de edad, hijo de Cecilia Rodríguez y de Luis Farías, de profesión u ofico Albañil, residenciado en La Salina del Morro, Casa N° y titular de la cédula de identidad 12.575.036, todo de conformidad con el artículo 243, 246, 250 ordinales 1, 2 y 3, 251 ordinal 2,del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se niega la Medida Cautelar solicitada por la Defensa, se Insta al Ministerio Público a los fines de que se le practique exámen médico corporal y mental al imputado de conformidad con el artículo 209 del Código Orgánico Procesal Penal- En cuanto a la solicitud de la flagrancia la misma se constata de c.....