Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la presente demanda de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano ASUNCIÓN DE JESÚS MARRUFO ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.042.875, domiciliado en el Municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa, debidamente asistido por las profesionales del derecho Abogadas AURA ESTELA RANGEL ROMANO y BELKIS MARÍA CARRASCO SOTO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.139.966 y V-10.143.414, respectivamente e inscritas en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nros. 137.637 y 250.903 y solicita la Rectificación del Acta de Nacimientos N° 06, inserta en los li.....