Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta Medida cautelar Sustitutiva de Libertad para el imputado Euclides José Astudillo Cabrera, Venezolano, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.451.714, nacido en fecha: 26-04-79, de profesión u oficio: Obrero, residenciado en El Pilar, calle Nueva Estrella, casa N° 30, hijo de Delis María Cabrera y de Euclides Astudillo,
de la contenida en el ordinal tercero del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, debiendo presentarse cada treinta días por el lapso de seis meses por ante la unidad de Alguaci.....