este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el articulo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el imputado: Ciudadano Carlos José Rodríguez , venezolano, de 39 años de edad, soltero, de profesión u oficio CHOFER-, titular de la Cédula de Identidad N° 6.959.223, nacido el 28-01-66 y residenciado en calle principal N° 07, Barrio Razeti 01, cerca del hospital Razeti, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la Presunta Comisión del delito de: Lesiones tipo Básico, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de Expidito Ermogenes Rivera