acuerda se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de libertad, en contra del imputado OMAR JOSE VELÁSQUEZ, venezolano, de treinta años de edad, de estado civil soltero, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 28 de abril de 1979, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 1, vereda 40, casa No. 06, Cumaná Estado Sucre, hijo de Omar Bello y Auristela Velásquez y portador de la cédula de identidad No. 14.579.879, de conformidad con lo previsto en los ordinales 3, 4 y 5, del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se le impone un régimen de presentación de cada ocho días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, no ausentarse de la jurisdicción del tribunal durante el lapso de la medida y no acercarse a las victimas. Se acuerda la libertad. Librese Boleta y Oficio a la Comandancia General de la Policía