En virtud de ello, este Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la suspensión Condicional del proceso por el lapso de SEIS (06) MESES, a favor del ciudadano MIRTHA DEL VALLE ACUÑA SALAZAR, venezolana, de estado civil soltera, de 44 años de edad, nacida en fecha 25/01/1967, titular de Cédula de Identidad Nº 8.638.719, de profesión u oficio comerciante, y domiciliada en el sector el peñón, al lado del Bar las mercedes, Cumaná, Estado Sucre; expone; por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, estipulado en el articulo 218 de la Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; y le impone las condiciones siguientes: 1- No incurrir en hechos de la misma naturaleza; 2.- Presentarse por ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, para que se les designe un delegado de prueba. Se deja constancia que la acus.....