1.- CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, de fecha 11/12/2009, en la que decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados ANDRES EMILIO BARRIOS PERDOMO y JOSE GREGORIO BARRIOS PERDOMO, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, FALSIFICACIÓN DE SELLOS NACIONALES, FORJAMIENTO DE DOCUMENTOS, previstos y sancionados en los artículos 277, 305, 319, respectivamente del Código Penal, ello por encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, de fecha 11/12/2009, en la que decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados ANDRES EMILIO BARRIOS PERDOMO y JOSE GREGORIO BARRIOS PERDOMO, por la presunta comisión de los delitos de USUR.....