Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA para conocer de la demanda interpuesta, admitió la referida demanda, ordenó la notificación de los ciudadanos FGR, Presidente de CADIVI, Presidente del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), MPP para la Economía, Finanzas y Banca Pública y PGR; asimismo ordenó solicitar los antecedentes administrativos del presente caso al Presidente de CADIVI; y ordenó remitir el expediente judicial a la CSCA una vez consten las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LOJCA.