Se dictó y publicó decisión mediante al cual vista la diligencia presentada por el Abg. HÉCTOR J. GALARRAGA GIMÉNEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 28.519, actuando con el carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR (U.S.B.), parte accionante en la presente causa, este Juzgado declaró improcedente la solicitud de revocatoria por contrario imperio, ORDENÓ remitir a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines que se fije la oportunidad procesal para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.