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Decisiones del dia 31/05/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP42-G-2011-000097 N° Sentencia : 2011-0150 Fecha: 31/05/2011
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
INVERSIONES MM5000, S.A. CONTRA LA SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN)
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MM5000 S.A., contra la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO; se admitió y se ordenó notificar a los ciudadanos FGR, Ministro de Planificación y Finanzas, Presidente del BCV, Miembros de la Junta Interventora del Banco Canarias, Presidente de FOGADE y Superintendente, a quien se le solicitó antecedentes administrativos. Se ordenó la apertura de un cuaderno separado de conformidad con el art. 105 de la LOJCA. Por último, se ordenó la remisión del expediente a la CSCA, a los fines que se fije la audiencia de juicio.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-N-2010-000632 N° Sentencia : 2011-0149 Fecha: 31/05/2011
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad
Partes:
INVERSOUTH LIMITED, C.A. CONTRA LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN)
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se providenció sobre el escrito de pruebas presentado por la apoderada judicial de la parte recurrente de la siguiente manera: En cuanto al mérito favorable invocado en el Cap. I se advierte que ha sido criterio reiterado que lo que consta en autos no constituye per se medio de prueba alguno, sino está dirigido a la apreciación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el art. 509 del CPC, por lo que corresponderá su valoración en la oportunidad de decidir sobre el fondo del asunto; En cuanto a las documentales promovidas en el Cap. II del escrito, literales 1, 2,, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 se admiten cuanto a lugar en derecho se reqiere, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva; Se inadmite la prueba de Testigo Experto y la prueba libre documento electrónico, por manifiestamente ilegal.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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