Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto el 28 de junio de 2012, por la Abogada Morela Torrealba, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano OTTO FRANCISCO ALEJOS TORO, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, el 20 de junio de 2012, que declaró inadmisible por caduco el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el referido ciudadano contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI); SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido; CONFIRMÓ con la reforma indicada el fallo apelado.