En fecha 23 de enero de 2018, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión con relación al escrito de pruebas promovido por el Apoderado Judicial del ciudadano GUILHERME DA COSTA COELHO y al respecto declaró: En lo referente a la prueba testimonial, ADMITIÓ la presente prueba en cuanto ha lugar en derecho se refiere por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. En relación a la prueba de informes, se requiera a la Dirección de Seguridad y Fraude de Movistar, C.A., se sirvan informar a este Tribunal a su digno cargo toda la información relacionada con la denuncia que el recurrente interpuso por ante esa Dirección y las resultas que arrojó dicha investigación, Igualmente ADMITIÓ la referida prueba en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente.