En esta misma fecha veintitrés (23) de octubre de 2014, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual amitió la presente demanda de nulidad ejercida conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano Eleazar Junior Jaramillo Díaz, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil Microcemento, C.A. asistido por el abogado Antonio José D´Jesus Pérez, contra los Registros Nros. P32219, P322118 y N052905 de fecha 19 de octubre de 2012, suscritos por la ciudadana Registradora de la Propiedad Industrial del Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), publicado en el Boletín de Propiedad Industrial Nº 532. Asimismo se ordenó notificar a los ciudadanos Procurador General (E) de la República, Fiscal General de la República y Registradora de Propiedad Intelectual, a quien se le solicitó el expediente administrativo del caso, igualmente se ordenó abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud de suspension de efectos.