DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se revisa y examina la Medida de coerción personal impuesta a los ciudadanos MAIKER ALEJANDRO PIÑANGO PACHECO y ROBINSON ENRIQUE MENDOZA VARGAS, ya identificados, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR las solicitudes hecha por el abogado Reinaldo Gómez, Defensor Público Cuarto en materia de Violencia contra la Mujer del Estado Lara, y la ABG. KARELIA DEL CARMEN NIEVES, abogada de libre ejercicio profesional, de otorgarle medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad a sus defendidos MAIKER ALEJANDRO PIÑANGO PACHECO y ROBINSON E.....