mediante el cual solicita Pronunciamiento de este órgano jurisdiccional, acerca de la solicitud de Sobreseimiento hecha por el Ministerio Público en fecha 28-02-2016, en la presente causa, y habiendo realizado revisión física exhaustiva del asunto, este Tribunal deja constancia que por un ERROR MATERIAL DE OMISIÓN no consta a los autos respectivos, agregada solicitud alguna, por lo que se procede a revisar el Sistema Juris 2000 con el que cuenta este Circuito Judicial y en el asiento correspondiente al día 28-02-2016 efectivamente consta que siendo las 09:13 horas de la mañana se recibió de la Fiscalía Vigésimo Octava del Ministerio Público del estado Lara, constante de 09 folios útiles, solicitud de Sobreseimiento y que la misma no fue agregada oportunamente, por lo que se hace procedente iniciar investigación al respecto y a todo evento suplir la falla con copia que a tales efectos se solicite a la Fiscalía correspondiente. Así se decide.