PRIMERO: Este Tribunal decreta con lugar la aprehensión flagrante del ciudadano NUMA EDY CABRERA OBERTO, ya identificado; por cuanto están llenos los supuestos del artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se acoge a la precalificación del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto en el artículo 45, segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia. Y el delito de DIFUSIÓN Y EXHIBICIÓN DE MATERIAL PORNOGRAFÍCO, Previsto en el artículo 23 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial. TERCERO: Se decreta la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano NUMA EDY CABRERA OBERTO, ya identificado, por considerar que se encuentran llenos los extremos de los artículos 236, 237, 238 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda como sitio de reclusión e.....