En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: Dictar pronunciamiento sobre la petición planteada por el Abogado SIMON SAAVEDRA, en representación de la victima de autos, en aras de garantizar el derecho a la defensa e igualdad entre las partes, así como los principios de oralidad, contradicción e inmediación, tal como lo disponen los artículos 12, 14, 16, 18 y 19 todos del texto adjetivo penal. SEGUNDO: se Ordena oficiar al Instituto Nacional de la Mujer conforme al artículo 37 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia a los fines de que se aboquen al conocimiento de la presente causa y velar por una adecuada atención jurídica de manera gratuita a las victima de autos. TERCERO: Ofíciese al Equipo Interdisc.....