Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA RECONOCIDO JUDICIALMENTE EL CONTENIDO Y FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, que se encuentra inserto al folio cuatro (04)vlto del expediente Nro.7419-2024, promovido por la ciudadana ANDRY GRASIMAN VIERA GARCIA, antes identificada, sobre la compra venta de una casa ubicada en la Urbanización El Pilar, calle los chaguaramos de la Ciudad de Acarigua Municipio Páez, Estado Portuguesa, asistida por el abogado JHONNY ENRIQUE GONZALEZ PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 176.907, contra el ciudadano LEVIS DAVID MARTINEZ ACURERO, antes identificado, debidamente asistido de la abogada YHANNY CAMACARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 262.539.
Se ordena el regi.....