CON LUGAR la solicitud de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, solicitado por el ciudadano Rubén Darío Pérez Rojas, venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-17.460.653, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana Alexandra Margarita Rodríguez Castillo, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-12.306.772, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en beneficio de la niña (nombre omitido por el artículo N. 65 de la LOPNNA), de nueve (09) años de edad, en consecuencia, fija el siguiente régimen de convivencia familiar:
• El ciudadano Rubén Darío Pérez Rojas, titular de la cédula de identidad No. V-17.460.653, deberá retirar a la niña del hogar materno los días martes y jueves a las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) y retornarla al hogar materno a más tardar a las ocho de la noche (8:00 p.m.).
• Los sábados el progenitor podrá retirar a la niña en el hogar materno a las diez de .....