Se ACUERDA la libertad por cumplimiento de la pena principal a favor del penado ASAIS DIAZ TAPIA, titular de la cédula de identidad Nro. 50.777.829, colombiano, soltero, de profesión u oficio Carpintero, hijo de Carlos Días y Maria Tapia, residenciado en el Barrio El Gaitero, calle 110 con avenida 82, N° 108-82, Maracaibo Estado Zulia, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria, por una quinta parte (1/5) del tiempo de la condena, hasta que culmine la misma, el día 16-11-2006, en razón de lo cual ordena su comparecencia por ante este Tribunal el día 23-03-06, a las nueve de la mañana, a los fines de imponerlo de la presentación a la cual que queda sujeto una vez cada mes ante la Intendencia de la Parroquia en la cual residirá, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 482, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 22 del Código Penal. Publíquese, Registrase, Notifíquese y Librese. Boleta de Excarcelación junt.....