En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Penal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal de imponer la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos ANTONIO JOSE ESTREDO OCHOA de 38 años de edad, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.802.997, fecha de nacimiento 02/03/1976, de profesión u oficio obrero, domiciliado en la Urbanización la cañada calle 6, casa N° s/n, cerca del IPASME cumarebo del estado Falcón, hijo de Rómulo Estredo y Luisa Ochoa, teléfono 0268-4613340, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MO.....