Este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, por lo que se decreta a los ciudadanos APOLINAR VILLALOBOS BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1777513 y el segundo JESÚS APOLINAR VILLALOBOS ROSILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9528281, la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES conforme a los artículos 8, 9 y 229 del COPP. En relación al ciudadano APOLINAR VILLALOBOS BRACHO siendo que por NOTORIEDAD JUDICIAL (tiene aprehensión judicial en el asunto penal N° IP01-P-2010-0002671) se encuentra solicitado por el Tribunal Tercero de Control, y siendo que tiene 76 años de edad, éste Tribunal lo dejará detenido en su residencia hasta el día LUNES 04 DE ENERO DE 2016, fecha en la cual será traslad.....