DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Control N° 12 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el los artículos 250, 251 ordinales 2º, 3º, y artículo 252 del Código Orgánico Procesal, DECLARA PROCEDENTE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano LUIS ALFONSO ROJAS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad 11.788.51, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 405 en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 del Código Penal, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del Procedimiento Penal Ordinario.
Líbrese Boleta de Notificación a la Fiscalía Octava del Ministerio Público y a la Defensa Privada.
JUEZ DE CONTROL 12
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