En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana PETRA DEL VALLE RODRIGUEZ REQUENA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.890.328, de este domicilio.
Se designa como TUTOR INTERINO PROVISIONAL al ciudadano ISMAEL JOSE LONGART, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V -2.902.710, de este domicilio, en su carácter de CONYUGE, domiciliado en urbanización El Palotal, Sector B, Bloque 1, entrada A, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del estado Carabobo. Publíquese, Regístrese y déjese copia en el copiador digitalizado de sentencias para su archivo.
Expídase por secretaría copia certificada de esta decisión. Se ordena la protocolización según l.....