DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara Inadmisible la Querella Interdictal Restitutoria, interpuesta por los ciudadanos Elis Antonio Cunha, y Marisol Coromoto Cunha de Garrido, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.162.896, y 10.246.873, respectivamente, con domicilio en la ciudad de Morón, estado Carabobo, asistidos por el abogado José Luís Contreras Quevedo, cédula de identidad No. 7.165.087, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 30.833, contra la ciudadana Ana Gabriela Ruiz Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.953.887.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los seis días del mes de jun.....