En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano KRISHNA ENRIQUE BELISARIO ALBERT, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 12.920.737, domiciliado en la ciudad de Mérida, estado Mérida y civilmente hábil, debidamente representado por la Abogada en ejercicio FRANCELINA RIVAS MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 8.035.734, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 43.164, domiciliada en la ciudad de Mérida, estado Mérida y jurídicamente hábil, contra: 1) la FIRMA PERSONAL CONSTRUCCIONES CONGARNUC DE FRANCISCO JOSÉ CONTRERAS LINDARTE, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mé.....