por consiguiente este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio, se suspende la medida de Embargo decretada en fecha 28-05-2008. Agréguese a los autos el cuaderno librado. Se acuerda oficiar al Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que a la mayor brevedad posible remitan la comisión enviada a ese despacho, en fecha 09-06-2008, con oficio Nº 488. Este Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto sea agregada a los autos dicha comisión. Ofíciese.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.