Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Marlene Celeste, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.607.417, asistida por la abogada Génesis Gesmar Barroyeta Ortega, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 288.117.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Juan Manuel Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.603.839, y que fuera contraído en fecha 29 de enero de 1986, por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como consta en .....