´´Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. IMPROCEDENTE en derecho el desistimiento del procedimiento planteado por la abogada Gimena Estefanía Calderón Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 297.655, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CASA DE CAMBIO ANGULO LÓPEZ C.A., empresa domiciliada en Caracas, originalmente n el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 27 de enero de 1993, anotada bajo el Nº 21, Tomo A-6, y posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital en fecha 21 de febrero de 2003, bajo el Nº 75, Tomo 14-A Pro., e identificada con el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-30207566-1, contra el acto administrativo Nº 46-25 de fecha 21 de noviembre de 2025 emitid.....