Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gonmar Gonzalo Pérez Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 83.721, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ALBERTO AMAYA FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad Nro. 19.071.762, contra la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE SOFTBOL, de conformidad a la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, de conformidad a la motiva del presente fallo.
TERCERO: Se REVOCA el fallo apelado, en lo que respecta a la inadmisibilidad de la presente acción de amparo constitucional, de conformidad a la motiva del presente fallo.
CUARTO: Se declara INADMISIBLE la solicitud de amparo sobrevenido, de.....