Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado JOSE LEONARDO MARTINEZ YEPEZ,
identificado con cédula de identidad Nro. 17.627.750, quien cumplió la totalidad de la pena impuesta de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION mas las penas accesorias previstas sen el artículo 16 del Código Penal, bajo el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por habérsele encontrado culpable de la comisión de los delitos del delito de porte ilícito de arma de fuego todo de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de lo cual se declara la LIBERTAD PLENA del penado, en cuanto al presente asunto.