En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ARMANDO YERMANOS asistido por la abogada MAGALY ALVAREZ SILVA, en su en consecuencia,
2. SE DECLARA CON LUGAR CON LUGAR, la demanda por: DESALOJO, intentada por los ciudadanos: JUAN JOSÉ GUTIÉRREZ RAMOS y ZORENA FÁTIMA GUERRERO DE GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.300.662 y 9.003.131, respectivamente, representados por sus apoderados judiciales: CESAR ARNALDO JIMÉNEZ PERAZA, MARILU GUTIÉRREZ JIMÉNEZ y HUGO EDUARDO JIMÉNEZ PERNALETE, abogados en ejercicios, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.713. 114.892, y 90.382, respectivamente, contra el ciudadano.....